Tomaron la decisión que unirá sus destinos y que más hermoso que realizarlo en Puerto Rico nuestra maravillosa Isla del Encanto, mas es importante conocer los pasos ha seguir dentro de las fechas correspondientes establecidas incluyendo:
Cuando realizar las visitas al Médico.
Realización de los Análisis Clínicos Requeridos.
Trámites en el Registro Demográfico.
*Esta información está basada en el nuevo código civil de Puerto Rico entrado en vigor el 28 de noviembre de 2020, el cual establece los nuevos requisitos para contraer matrimonio en Puerto Rico.
Paso 1:
Descargar el Formulario RD12 - Licencia para Contraer Matrimonio.
Puede hacerlo desde la sección de Enlaces de Utilidad de esta página. *Recuerde:
El formulario RD-12 debe ser impreso en una sola hoja de papel tamaño carta de 24 libras por ambos lados.
Paso 2:
Ir a un Laboratorio Clínico ambos contrayentes para realizarse los análisis requeridos para contraer matrimonio en Puerto Rico:
V.D.R.L., CLAMIDIA, GONORREA y V.I.H.
IMPORTANTE:
*Estas pruebas para certificados NO son cubiertas por los planes médicos y sus resultados pueden demorar una semana aproximadamente. Le sugerimos orientarse con el laboratorio seleccionado sobre el particular.
Consulte con el laboratorio clínico de su preferencia o identifique en nuestro Directorio de Laboratorios Clínicos uno cercano a usted para realizarse las pruebas requeridas.
Paso 3:
Dentro de los próximos 14 días luego de haberse tomado las muestras para las pruebas, deberá visitar al médico con todos los resultados para que éste firme la certificación médica de la licencia.
Este certificado debe llenarse en tinta permanente negra o azul, no bolígrafo y no debe completarse ningún otro encasillado adicional.
*De salir positiva alguna de las pruebas, será necesario presentar una certificación adicional del médico que indique el tratamiento recibido e incluya su autorización para celebrar el matrimonio.
Paso 4:
A partir de la fecha en la que el médico firma el resultado, los contrayentes tendrán solamente 10 días calendario para visitar una oficina del Registro Demográfico y contraer matrimonio.
Deberán llevar:
*Formulario RD-12 Licencia para Contraer Matrimonio certificada por médico autorizado.
* Resultados de los análisis de laboratorio.
*Identificación vigente con foto expedida por el gobierno del estado o país de residencia. Se aceptan: Licencia de Conducir, Pasaporte o Identificación del Estado.
Extranjeros deberán presentar pasaporte, visado o tarjeta de residencia.
*Sello de Rentas Internas por la cantidad de $30 por pareja.
Se paga al radicar el servicio y puede utilizar tarjeta de crédito VISA, MASTERCARD, AMEX o cualquier tarjeta de débito con logo de las tarjetas antes mencionadas.
*Certificación de Nacimiento si no nació en Puerto Rico. No se aceptan documentos de naturalización o ciudadanía.
*Personas que hayan tenido matrimonios anteriores, deben presentar TODAS las sentencias de divorcio y en caso de viudez, la certificación de defunción del cónyuge, de no haber fallecido en Puerto Rico.
*Al momento de solicitar la Licencia Matrimonial debe de informar quien va a realizar la ceremonia: juez o celebrante (pastor, ministro, etc.).
Contrayentes menores de 21 años de edad:
*Deben de estar acompañados de ambos padres quienes deberán presentar identificación con foto válida.
Solamente se aceptará la firma de uno de los padres de existir algunas de las siguientes situaciones:
* Si la patria potestad es completa de solo uno, (deberá presentarse evidencia).
* Si alguno de los padres falleció fuera de Puerto Rico, debe presentar Certificado de Defunción.
*De alguno de los padres estar ausente (ej. viaje, trabajando en otro país, etc.) pero posee patria potestad, debe realizar una declaración jurada debidamente autenticada, autorizando el matrimonio.
*De alguno de los padres estar ausente y no pasar pensión, el padre presente debe realizar una declaración jurada indicando la ausencia del padre y debe presentar en conjunto una negativa de ASUME.
*Persona embarazada entre 18 a 20 años no necesitará el permiso de sus padres y deberá presentar prueba de laboratorio clínico positiva HCG (embarazo) al momento de obtener la licencia de matrimonio.
Paso 5:
El registrador se asegurará que la información brindada es la correcta antes de cumplimentar el formulario requerido.
Una vez se le entregue el Certificado de Matrimonio (RD-14) y la Licencia para Contraer Matrimonio (RD-12), los contrayentes deberán entregarlo al celebrante y/o juez para poder celebrar la ceremonia matrimonial.
* El Celebrante deberá estar registrado en el Registro Demográfico para poder celebrar matrimonios en Puerto Rico y estará obligado a entregar el Certificado de Matrimonio y Licencia para Contraer Matrimonio durante los (10) diez días después de la ceremonia en cualquier oficina del Registro Demográfico independientemente donde se celebro la ceremonia matrimonial.
NOTA:
Los futuros contrayentes tendrán la opción de enviar los requisitos digitalmente a través de la siguiente plataforma Renovaciones Online:
Renovaciones Online - Users - Login
También podrán obtener una cita para entregar los requisitos personalmente en una de las oficinas del Registro Demográfico a través de la siguiente dirección:
Bienvenidos a Citas (tuserviciopr.com)
Registro Demográfico PO BOX 11854 San Juan, PR 00910 Servicio al Cliente 787-765-2929 ext. 6223, 6240, 6241 y 6201 regdem@salud.pr.gov
*Información recopilada por la Lcda. Norma Iris Alvez - BSMT (ASCP)
para OPORTUNIDADES.BIZ, La Guía Informativa Empresarial online de PR y FL.
Puede descargar a través de este enlace el documento de Licencias para Contraer Matrimonio.
El formulario RD-12 debe ser impreso en una sola hoja de papel tamaño carta de 24 libras por ambos lados .
Identifica un Laboratorio Clínico certificado cercano para realizar las pruebas requeridas.
Accede el portal del Registro para gestionar tu cita.
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